El reciente informe de la Secretaría de Energía de Argentina, liderada por la Ing. Flavia Royón, prometía un análisis detallado de su gestión desde agosto de 2022 hasta diciembre de 2023. Sin embargo, el documento en lo que al sector de biocombustibles se refiere, resulta ser más una lista de acciones que una evaluación real del mercado de biocombustibles y su evolución en el tiempo. Este artículo examina este informe, destacando las lagunas en la información y las implicancias para el sector de biocombustibles con especial detenimiento en el mercado de biodiesel. ¿Cumple realmente el informe con su objetivo de brindar un panorama claro y completo de la gestión de la Ing. Flavia Royón y del Subsecretario de hidrocarburos Federico Bernal? Descubramos la verdad detrás de sus páginas.
Desde el pasado 9 de diciembre de 2023 se encuentra disponible en la página web de la Secretaría de Energía (https://www.argentina.gob.ar/economia/energia) el informe de balance de gestión de la Secretaría de Energía de la Nación, correspondiente al período del 8 de agosto de 2022 al 10 de diciembre de 2023. Titulado "Memoria de Gestión", este informe detalla las actividades y logros durante la gestión de la Ing. Flavia Royón como Secretaria de Energía.
El informe de gestión incluye un índice detallado que presenta una visión completa de los diversos temas abordados en el documento, a saber:
I. Introducción
II. Transición energética e integración regional
III. Hidrocarburos
IV. Energía eléctrica
V. Energía nuclear
VI. Políticas de subsidios energéticos
VII. Relaciones bilaterales y multilaterales
VIII. Participación federal
IX. Cooperación internacional
X. Datos abiertos
XI. Comunicación institucional
Las 52 páginas del informe son un primer indicio del grado de detalle y profundidad dedicado al estudio de los temas presentados.
El presente artículo se centra exclusivamente en el análisis del balance de gestión relacionado con el sector de biocombustibles, con énfasis particular en el biodiésel.
En este sentido, el índice es el primer escollo por superar si lo que se busca es conocer el resultado de la gestión para el sector de biocombustibles. En efecto, la palabra “biocombustibles” no figura en ninguno de los XI. Capítulos en los que se divide el informe.
La lectura del primer capítulo “Introducción” tampoco aporta demasiado, la palabra biocombustibles sigue sin aparecer. En el segundo capítulo “Transición energética e integración regional” sucede lo mismo.
La búsqueda termina cuando dentro del Capítulo III. Hidrocarburos se indica en su punto 6. Biocombustibles .
El informe de gestión para el sector de biocombustibles tiene un total de 647 palabras y tal como allí se indica, la gestión para el sector biocombustibles (específicamente biodiesel) consistió en la publicación de tres resoluciones:
I. Resolución SE N° 689/22 de fecha 12 de octubre de 2022. “Creó el Registro de Operadores y Mezcladores de Biocombustibles, así como la Comisión Especial de Biocombustibles. Esta resolución estableció las pautas para la inscripción de empresas en el sector, definiendo las especificaciones de calidad de los biocombustibles (tanto puros como mezclados con combustibles fósiles) y un régimen sancionatorio para el incumplimiento. Además, la Comisión Especial se encargaría del análisis del sector y de la formulación de propuestas y proyectos industriales.”
II. Resolución SE N° 776/22 de fecha 22 de noviembre de 2022. “Estableció pautas obligatorias para el abastecimiento del mercado interno de biocombustibles en su mezcla con combustibles fósiles. Reguló la interacción de las empresas productoras de biodiésel y bioetanol y las encargadas de realizar la mezcla, asegurando así la regulación de su participación en el mercado.”
III. Resolución 963/23 de fecha 29 de noviembre de 2023. “Definió la metodología para calcular el precio del biodiésel. Esta resolución detalló la estructura de costos de las empresas del sector para asegurar precios justos y rentables. También se contempló la posibilidad de revisar y modificar estas metodologías en caso de discrepancias significativas entre los valores calculados y los costos reales, o si la implementación distorsiona los precios de los combustibles fósiles en el mercado.”
¿Cuáles fueron los resultados de las resoluciones publicadas por la Secretaria de Energía? ¿Qué impacto tuvo en el mercado interno? ¿Qué consecuencias sobre el % real de cumplimiento del corte obligatorio? ¿Cuánto fue el beneficio en términos de reducción de emisiones? ¿Cómo incidieron estas medidas en la cantidad de gas oil importado? ¿Qué mejoras -cuantitativas- ocasionaron al sector?
NINGUNA de las preguntas anteriores encuentra respuesta en el informe que presupone realiza una evaluación sobre la gestión de la Ing. Flavia Royón al frente de la Secretaría de Energía.
En el informe no se exponen datos sobre cantidades asignadas para el corte ni su evolución, tampoco cantidades reales entregadas ni su evolución, nada acerca del % de corte obligatorio y su evolución, menos del % real de corte obligatorio y su evolución, ausente también cantidades no entregadas de biocombustibles y su evolución, tampoco % de gas oil importado y su evolución.
Sin embargo, y tal como indicado en el Capítulo X. Datos abiertos, la Secretaría de Energía informa periódicamente los datos estadísticos correspondiente a la totalidad del sector energético argentino. Los datos disponibles en https://datos.gob.ar/dataset no sólo permiten realizar un informe de la gestión de la Ing. Flavia Royón, sino que es posible evaluar la gestión no sólo de los distintos Secretarios de Energía sino también de los Subsecretarios de hidrocarburos (tándem responsable por el destino de los biocombustibles) desde el 2010 a la fecha.
Análisis de gestión
Secretaria de Energía: Ing Flavia Royón / Sub-secretario de hidrocarburos: Federico Bernal
• A nivel secretarios de energía, el % de corte real de la gestión de Flavia Royón fue de 5,2%. El segundo % de corte real más bajo desde el inicio de la obligación efectiva de mezcla (marzo de 2010). Ver gráfico I.
• A nivel secretarios de energía, Flavia Royón tuvo una eficiencia del 68,9% en el cumplimiento del corte. La SEGUNDA PEOR gestion desde el inicio de la obligación efectiva de mezcla (marzo de 2010). Su nivel de ineficiencia fue superado únicamente por la del Secretario de energía Darío Martinez -promotor desde el ejecutivo de la Ley 27.640- que registró un paupérrimo 55.8%. Ver gráfico II.
• Como tandem Secretario de energía / Subsecretario de hidrocarburos la pareja Flavia Royón / Federico Bernal fue la TERCER PEOR gestion desde el inicio de la obligación efectiva de mezcla. Los superó en ineficiencia el tandem Darío Martinez / Juan José Carbajales con un magro 6.6% . Por suerte esta pareja duró sólo 3 meses y fue reempazada por Darío Martinez / Maggie Videla Oporto cuya eficiencia de gestión fue de 62.5% (6.7 puntos por debajo de Royon / Bernal). Ver gráfico III.
• En números: en 426 días de gestión Royon/Bernal -contados desde el 1 de septiembre de 2022 desde hasta 31 de octubre 2023 (último dato disponible, empeorará cuando se conozcan los números de noviembre 2023) se entregaron 345.060 toneladas MENOS de biodiesel que lo asignado (promedio de 24.647 toneladas MENOS POR MES). Medido por día de gestión se entregaron 810 toneladas menos por día que lo asignado, considerando un precio de biodiesel de 1.424 usd/ton la ineficiencia de la gestión tuvo un impacto sobre las ventas del sector (pérdida de ventas) de 1.15 millones de dólares por día lo que totaliza 491.1 millones de dólares para la gestión Royón/Bernal. Ver tabla I.
Una excelente forma de colocar en perspectiva la gestión del tandem Royón/Bernal es compararla con el tandem que les siguen en orden ascendente de eficiencia: Sergio Lanziani / Juan José Carbajales cuyo cumplimiento del corte obligatorio para el período diciembre 2019/julio 2020 fue de 78.4%.
Este nivel de cumplimiento se alcanzó sin que Lanziani / Carbajales emitieran una sóla resolución de actualización de precio del biodiesel . Es más, sin que publicaran siquiera una única resolución que afectara al biodiesel.
¿Resulta esto asombroso? No, en todo caso resulta azaroso. En efecto, la disminución en el precio del aceite durante los primeros meses de la gestión Lanziani/Carbajales hizo posible se lograse el nivel de cumplimiento mencionado.
Tampoco resulta asombroso que, entre el 8 de agosto de 2022 y el 29 de noviembre de 2023, la Secretaría de Energía emitiera un total de 5 resoluciones que modificaron el precio del biodiesel sin aplicar una fórmula de precio que garantizara rentabilidad y considerara los costos de elaboración del producto, incumpliendo abiertamente la Ley 27.640 que en su Artículo 14 establece que las metodologías de cálculo de precios de los biocombustibles para el abastecimiento de mezclas obligatorias con combustibles fósiles deben asegurar una rentabilidad definida por la autoridad de aplicación, teniendo en cuenta los costos de elaboración, transporte y el precio para producto puesto en su planta de producción. Este requisito, tal como correctamente se indica en el informe de gestión, solo se estableció formalmente con la Resolución 963/23 del 29 de noviembre de 2023.
Tampoco resulta asombroso que la gestión del tándem Royón/Bernal -tal como se demostró precedentemente- haya sido la segunda peor gestión desde el inicio de la obligación de corte de biodiesel hasta la actualidad. En efecto, y a la luz del propio informe, ¡cómo podría haber sido de otro modo si recién después de transcurridos 478 días desde el inicio de su mandato y tan sólo 11 días antes de finalizarlo la Ing. Flavia Royón firma la Resolución 963/23 que establece -y transcribo textual del informe- “… la metodología de cálculo de precio del biodiesel, detallando y cuantificando la estructura de costos de las empresas del sector para que los precios que fije la autoridad de aplicación de dicha ley garanticen una rentabilidad y contemplen los costos de elaboración del producto en cuestión…”!
Tampoco resulta asombroso que, pese a incumplir con la Ley 27.640 y pese al resultado de su gestión, la Ing. Flavia Royón haya sido designada como Secretaria de Minería.
Por último,
I. conviene observar el desarrollo en nuestro país del mercado de biodiesel (ver tabla II) en los últimos años:
en el año 2015 -9 años atrás, último año de administración de CFK- el consumo en el mercado interno de biodiesel fue de 1.014.363 toneladas, el % de corte obligatorio 10%; y el % de corte real el 8,3%;
en el año 2019 -8 años atrás, último año de administración de MM- el consumo en el mercado interno de biodiesel fue de 1.126.468 toneladas, el % de corte obligatorio 10%; y el % de corte real el 9,2%;
hasta octubre de 2023 -último año de administración de AF- el consumo en el mercado interno de biodiesel fue de 525.938 toneladas que anualizadas resultan en un consumo en el mercado interno para el año 2023 de 631.125 toneladas, el % de corte obligatorio 7.5%; y el % de corte real el 5,2%;
por lo tanto, medido el resultado del año 2023:
contra el año 2015, el consumo de biodiesel en el mercado local se contrajo un 37,8% o 383.238 toneladas menos;
contra el año 2019, el consumo de biodiesel en el mercado local se contrajo un 43,9% o 495.343 toneladas menos.
II. contrastarlo con lo ocurrido en el mercado de biodiesel en otros países:
consumo de biodiesel en Estados Unidos en el año 2015, 6.995.437 toneladas;
consumo de biodiesel en Estados Unidos en el año 2022, 9.993.482 toneladas;
Fuente https://www.eia.gov
consumo de biodiesel en Brasil en el año 2015, 3.521.000 toneladas;
consumo de biodiesel en Brasil en el año 2022, 5.476.630 toneladas;
Fuente https://dados.gov.br/dados/conjuntos-dados/vendas-de-derivados-de-petroleo-e-biocombustiveis
III. para concluir:
en el período comprendido entre el año 2015 y el año 2023 (proyectado) el consumo de biodiesel en el mercado interno argentino se contrajo un 37.8% o 383.238 toneladas menos;
contra el año 2019 la métrica es peor aún, en efecto el consumo de biodiesel en el mercado local se contrajo un 43.9% o 495.343 toneladas menos.
mientras que:
en el período comprendido entre el año 2015 y el año 2022 el consumo de biodiesel en el mercado interno estadounidense se incrementó 42,8% o 2.998.045 toneladas más ;
en el período comprendido entre el año 2015 y el año 2022 el consumo de biodiesel en el mercado interno brasilero se incrementó 55,5% o 1.955.630 toneladas más ;
Sin embargo, y a pesar de:
la destrucción del mercado interno de biodiesel realizada durante la última administración;
las paupérrimas gestiones de los Secretarios de Energía a cargo de la Autoridad de Aplicación desde el 10 de diciembre de 2019 al 10 de diciembre de 2023 -demostrado en el presente artículo con hechos y datos publicados por la propia Secretaría de Energía-;
el no cumplimiento de la Ley 27.640 en términos de la publicación de precios conforme a un mecanismo que considere los costos reales de operación;
publicar un precio de comercialización en pesos por tonelada cuando el aceite de soja y el metanol -que representan el 92% del costo de producción de biodiesel- se comercializan en dólares por tonelada;
establecer durante los últimos cuatro años, 30 días como plazo de pago para las operaciones de compraventa de biodiesel en un país con 180 % de inflación, un precio en pesos y la materia prima en dólares;
los sucesivos dólar soja que causaron un aumento de la prima sobre el valor del aceite FAS -precio aceite FOB x (1-retenciones)- del 9/11% a más del 50% -ver gráfico IV-;
la falta total del ejercicio de Autoridad de Aplicación frente al incumplimiento del % de corte obligatorio por parte de las empresas mezcladoras (siendo YPF S.A. el mayor incumplidor) - ver tabla III- ;
a la irracionalidad de la Ley 27.640 que dio continuidad a las resoluciones 1674/2010 y 56/2012 que establecieron un límite artificial con retroactividad para la producción de las empresas no integradas operativas antes del inicio de la obligación de corte fijado por la Ley 26.093, limitando su crecimiento potencial y su capacidad para aprovechar las economías de escala, limitando también a las nuevas empresas no integradas que vinieron a instalarse, situación que no se aplicó a las empresas integradas, permitiéndoles expandir su capacidad de producción y otorgando una ventaja competitiva desproporcionada;
las empresas no integradas elaboradoras de biodiesel con destino al corte obligatorio:
condenadas por la legislación a ser PyMES;
obligadas por la Autoridad de Aplicación a comercializar su producto a un precio que no se ajusta a sus costos reales y por lo tanto sujetas a sucesivos paros en su producción -reflejado por el grado de cumplimiento en las entregas de biodiesel del sector-;
forzadas a cumplir con los aumentos fijados en paritarias sindicales que NO contemplan la situación de la industria, en efecto la única fórmula de precio publicada por la presente administración a 11 días de finalizar su mandato estableció como costo de mano de obra la suma de 7.188 $/ton, por lo que para un cupo de 3.500 ton/mes resulta en todo concepto un total de 25.2 millones de pesos. Para el caso particular de las empresas con el convenio del sindicado de aceiteros (SOEA) solamente el costo del personal agremiado asciende a 63.3 millones de pesos. Se detalla a continuación los valores mínimos por categoría:
continúan presentes en el mercado.
Esta situación, fundada en la resiliencia de quienes las integran, sostenida por sus accionistas y con la certeza del cambio que se avecina es la única que merece causar ASOMBRO.
Hilarion Del Olmo
Presidente – Explora S.A.
Para profundizar en este y otros temas relacionados al biodiesel, visitar www.explorarg.com (versión desktop)
Conviene zanjar de una vez este tema. El biodiésel no es un hidrocarburo en el sentido estricto de la palabra. Los hidrocarburos son compuestos orgánicos formados únicamente por átomos de carbono e hidrógeno, y son los componentes principales de los combustibles fósiles como el petróleo crudo, el gas natural y el carbón.
El biodiésel es un tipo de biocombustible que se produce a partir de fuentes renovables como aceites vegetales o grasas animales. Químicamente, el biodiésel está compuesto principalmente por ésteres metílicos o etílicos de ácidos grasos. Aunque el biodiésel puede ser utilizado como un sustituto del diésel derivado del petróleo y tiene propiedades similares en términos de su uso como combustible, su composición química es diferente de los hidrocarburos puros.
En abierto incumplimiento de la Ley 26.093 y su normativa vigente al momento, que establecía como obligación de la Autoridad de Aplicación la publicación del precio de biodiesel conforme resultara de la aplicación de última fórmula de precio vigente que debía garantizar al elaborador un margen razonable sobre sus costos. El azar hizo que el precio del aceite disminuyera -comparado con el valor utilizado en la fórmula que determinó el precio de diciembre de 2019- y por lo tanto permitiera a la industria seguir produciendo a pesar de la ausencia en la publicación de un nuevo precio, sin embargo durante los últimos meses de la gestión Lanziani/Carbajales los precios de la materia prima se incrementaron considerablemente y la falta de ajuste en el precio produjo el paro total de la industria, hecho que continuo hasta mayo/junio de 2021.
Recién en la resolución 923/23 del 11 de noviembre de 2023 -30 días antes de finalizar el mandato- se redujo el plazo de pago a 7 días.
Estas gestiones de nuestros funcionarios de turno, son lerdas y catastróficas. Los Argentinos dudamos que hasta sean intencionales los errores que cometen. En un par de años pueden liquidar el plan bionergetico mas perfecto. Ya nacen mal paridas porque no entienden que los biocombustibles no pueden ser tratados como los combustibles contaminantes. Si fuera así, en el mundo no existirían nada mas que energías "no limpias".